El Gobierno nacional formalizó la reglamentación que permite el cobro de servicios de salud a personas extranjeras que no posean residencia en Argentina. La medida, oficializada por el Ministerio de Salud bajo la gestión de Mario Lugones, establece un “Procedimiento operativo para la atención sanitaria de personas extranjeras en los establecimientos sanitarios administrados por el Estado Nacional”. Este avance normativo representa un cambio estructural en el acceso a la salud pública, tradicionalmente irrestricto en el territorio nacional.
Unificación de criterios y recupero de costos
La normativa actual halla su origen en el DNU 366/2025, firmado por el presidente Javier Milei en mayo de 2025, el cual introdujo modificaciones profundas en el régimen migratorio. El objetivo central de la resolución es, según informa la fuente, “unificar los criterios para la atención y recuperación de los costos de las prestaciones brindadas a personas no residentes”. Políticamente, esta decisión se inserta en una estrategia de ajuste del gasto público y una redefinición de los beneficios sociales para quienes no tributan de forma permanente en el país.
Diferenciación migratoria y sistema de facturación
La nueva reglamentación traza una línea clara entre los extranjeros con residencia permanente y aquellos en situación transitoria o irregular. Mientras los residentes mantienen el acceso gratuito acreditando su situación con el DNI, los no residentes quedan sujetos a dos modalidades de pago: “Si cuentan con un seguro médico, el hospital podrá reclamarle a la compañía aseguradora el costo de la prestación. En caso de no tener cobertura, deberán afrontar el pago correspondiente”. Esta distinción impone una carga administrativa adicional a las instituciones de salud, que ahora deberán actuar como entes de gestión y cobranza.
El límite de las emergencias y la autonomía hospitalaria
A pesar de la arancelización, el Estado asegura que la atención básica ante riesgos vitales no se verá interrumpida. Según aclaró el Ejecutivo, “las emergencias médicas seguirán estando garantizadas para todas las personas”, sin que el factor administrativo sea motivo de rechazo en cuadros como infartos, accidentes graves o emergencias obstétricas. No obstante, la gratuidad es solo temporal: una vez que el paciente se estabiliza, “las atenciones y tratamientos posteriores podrán ser facturados al paciente o a su compañía de seguros”.
Finalmente, la implementación efectiva quedará bajo la responsabilidad de cada centro asistencial, ya que “cada establecimiento deberá desarrollar y aplicar su propio sistema operativo para implementar el cobro”. Esto podría generar asimetrías territoriales en la calidad y eficiencia del cobro, dependiendo de la capacidad de gestión de cada hospital nacional frente a la nueva directiva ministerial.

