En una resolución de alta repercusión política y social, la Justicia de la provincia de Neuquén dispuso la suspensión del operativo de desalojo que pesaba sobre las comunidades indígenas mapuches Lof Melo y Lof Kinxikew. La medida paraliza un procedimiento de expulsión en una zona de alta valoración económica y espiritual de la Patagonia argentina.
El dictamen judicial ordena el retiro inmediato de la totalidad de las fuerzas y los actores involucrados en la frustrada diligencia. Esto incluye a los integrantes de la familia demandante Broers, sus asesores legales, los operadores encargados de coordinar el desalojo, y los efectivos de la Policía de Neuquén junto con la Gendarmería Nacional que habían ingresado al territorio ancestral.
Según la información reportada originalmente por la agencia multimedio internacional teleSUR, bajo la autoría periodística de los redactores mb y JB, la suspensión representa una tregua en un conflicto de fondo que sigue sumando capítulos de tensión sin resolverse de manera definitiva.
El argumento técnico que frustró el operativo
La suspensión de la medida fue calificada por la defensa de las comunidades como un revés procedimental para la parte querellante. El abogado representante de las lofs, Virgilio Sánchez, explicó a la prensa que la interrupción del operativo anula la validez del acto administrativo en ejecución. «El desalojo es una diligencia que se tiene que completar y si no se completa, no se puede completar a medias. Se frustró el desalojo», declaró el letrado.
Sánchez remarcó que la disposición del tribunal local no resuelve el dilema de la titularidad de la tierra, pero sí clausura el presente expediente de expulsión. Consecuentemente, cualquier nueva pretensión de desalojo por parte de los reclamantes privados requerirá el inicio de un trámite judicial totalmente nuevo desde su origen.
Ante este escenario, el abogado patrocinante propuso una alternativa de resolución por fuera de los tribunales tradicionales. Sugirió implementar un mecanismo de arbitraje basado en las herramientas que ofrece el nuevo Código Procesal de Neuquén. A su criterio, este instrumento legal habilita canales novedosos e idóneos para destrabar disputas de larga data.
Origen del litigio: la demanda de 2011 y la caída de la Ley 26.160
El expediente judicial que impulsó el intento de desalojo se originó hace quince años. En diciembre de 2011, María Cristina Broers, una ciudadana de origen belga, interpuso una demanda por despojo de posesión contra Pascual Felidoro Quintriqueo —apellido con el que se identifica judicialmente a la comunidad—. La causa se caratuló bajo la figura de «Interdicto de Recobrar», denunciando una presunta ocupación violenta por parte de la lof en el predio denominado Lote Pastoril 42.
Cinco años después, en septiembre de 2016, un juzgado de primera instancia dictó sentencia favorable a la demandante, ordenando restituir la fracción de tierra. Aunque la defensa de la comunidad intentó apelar, el Tribunal Superior de Justicia de Neuquén rechazó el recurso por haber sido presentado fuera de los términos procesales. Ese fallo técnico dejó la sentencia con carácter firme, obteniendo con posterioridad el aval de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El cuadro de situación para las comunidades indígenas dio un vuelco drástico en diciembre de 2024. El Gobierno nacional derogó la Ley 26.160 de Emergencia Territorial Indígena, una legislación clave que congelaba la ejecución de desalojos a pueblos originarios mientras se completaban los relevamientos catastrales en todo el país. Su eliminación dejó desprotegidos a los lof con litigios en curso.
Los magistrados neuquinos argumentaron que el reconocimiento de la ocupación comunitaria por parte del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) en 2023 no poseía efectos retroactivos suficientes para anular una sentencia firme dictada en 2016.
Ocupación ancestral frente al avance inmobiliario
El foco de la disputa se encuentra en el paraje El Pedregoso, un sector que abarca 625 hectáreas de tierras lindantes a Villa La Angostura, dentro del departamento de Los Lagos. En ese territorio habitan de manera permanente más de 130 personas pertenecientes a las dos comunidades mapuches. Sus familias sostienen una ocupación tradicional sobre la costa del lago Nahuel Huapi.
De acuerdo con las comunidades, el espacio en disputa posee un valor multifacético que excede la explotación económica tradicional. El predio alberga enterratorios de antepasados —espacios sagrados—, cuencas hídricas esenciales y zonas periglaciares. Estas áreas de alto valor ecosistémico y espiritual se encuentran bajo una creciente presión debido al avance de desarrollos inmobiliarios de escala local y de proyectos extractivos en la región andina.
A pesar de que el Estado nacional reconoció explícitamente la presencia mapuche en la zona en dos instancias diferenciadas —el Parque Nacional Nahuel Huapi admitió la preexistencia de la Lof Kinxikew en 2004, y el INAI ratificó la posesión «actual, tradicional y pública» mediante la Resolución 332/23—, el traspaso real de los títulos de propiedad comunitaria nunca llegó a efectivizarse, lo que abrió la puerta a la reactivación de las demandas de desalojo.
Recusación, tensión social y búsqueda de mediación
Los días previos a la suspensión estuvieron marcados por momentos de extrema tensión y una movilización masiva en las rutas patagónicas. Alrededor de 1.000 personas, integradas por asambleas socioambientales, gremios locales y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), marcharon y armaron caravanas en respaldo a los comuneros. Mientras la Lof Kinxikew sufrió directamente el avance de las fuerzas policiales, la Lof Melo coordinó una resistencia territorial pacífica.
En el plano institucional, las comunidades recusaron formalmente al juez a cargo, Francisco Astoul Bonorino. La recusación se fundamentó en la sospecha de presuntos vínculos de parentesco y afinidad del magistrado con corporaciones inmobiliarias que operan comercialmente en la comarca andina.
Ante el riesgo inminente de violencia, el Ministerio de Gobierno de Neuquén intervino proponiendo la conformación de una mesa de diálogo que acerque a las partes en conflicto.
En paralelo, la Corte Suprema de la Nación mantiene en estudio un recurso de queja presentado por la defensa que podría resolver el fondo jurídico de los derechos de propiedad indígena en la región. Hasta que ese recurso sea resuelto o se alcance un consenso mediado, la incertidumbre territorial en El Pedregoso continuará.

