El Poder Ejecutivo Nacional oficializó este lunes una reforma integral al sistema de control de alimentos mediante el Decreto 697/2026, publicado en el Boletín Oficial. Esta medida no solo profundiza la desregulación del comercio exterior iniciada en 2025, sino que redefine el mapa de poder institucional al concentrar en el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) la fiscalización de las importaciones, restando competencias históricas a la ANMAT.
La normativa establece un esquema de «reconocimiento automático» para certificaciones sanitarias de países con altos estándares y para aquellos productos que sigan las normas del Codex Alimentarius (FAO/OMS). Con este cambio, el Gobierno busca eliminar lo que denomina «duplicación de controles», permitiendo que aditivos e insumos industriales ingresen al país bajo una declaración jurada, eximiéndolos de la obligación de ser incorporados previamente al Código Alimentario Argentino (CAA).
Centralización de funciones y desplazamiento de la ANMAT
El cambio más disruptivo radica en la unificación de facultades. Según el texto oficial, el objetivo es «unificar en un organismo nacional las funciones de control y fiscalización de los alimentos», justificando que el SENASA posee la «capacidad técnica y operativa» necesaria para intervenir de forma directa. De esta manera, el organismo bajo la órbita de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca asume la responsabilidad exclusiva de los controles post-ingreso a plaza, una tarea que anteriormente se encontraba dispersa.
El decreto es taxativo al señalar que las autoridades sanitarias no podrán establecer «mayores exigencias» a las ya previstas, limitando su margen de acción frente a los productos provenientes de los países del Anexo III (como EE.UU., la Unión Europea o Japón). Esta centralización pretende, en palabras del Ejecutivo, «optimizar la distribución de competencias» y «fortalecer la eficiencia del sistema».
El fin de las «asimetrías» y el impacto en la industria local
En sus considerandos, la norma admite la existencia de una «asimetría» que perjudicaba a la producción nacional: mientras que los productos terminados importados ingresaban con facilidad, los insumos para fabricarlos localmente enfrentaban barreras burocráticas. El Gobierno afirma que extender el tratamiento de favor a los aditivos e ingredientes permitirá «eliminar una carga regulatoria que opera en perjuicio de la producción nacional».
Sin embargo, esta apertura automática plantea interrogantes sobre la competitividad de las Pymes locales. Al permitir que insumos extranjeros circulen «sin que la Autoridad Sanitaria Nacional pueda requerir exigencias adicionales», el mercado interno queda expuesto a una dinámica de precios y estándares globales sin los filtros preventivos tradicionales de la administración pública.
Digitalización y cambios en el carnet de manipulador
La reforma también alcanza aspectos operativos de la vida civil. Se establece la creación de una Base Única de Datos, administrada por el SENASA, que deberá actualizarse diariamente con información de todas las jurisdicciones del país. Asimismo, se eliminó la fecha de vencimiento de los carnets de manipulación de alimentos, los cuales ahora tendrán validez nacional permanente una vez otorgados.
Por último, la normativa impone plazos estrictos a la administración: las autoridades competentes tendrán un máximo de 30 días hábiles para expedirse sobre solicitudes de nuevos productos. De no hacerlo, el solicitante quedará habilitado para comercializar el producto utilizando su número de trámite, lo que introduce de facto una aprobación por silencio administrativo en un área sensible para la salud pública.

