En una resolución de trascendencia institucional para la Argentina, la titular del Juzgado Federal número 2 de San Martín, Alicia Vence, declaró este lunes como crímenes de lesa humanidad a los fusilamientos de José León Suárez ocurridos en junio de 1956. El fallo establece la responsabilidad del Estado nacional en la planificación, ejecución y encubrimiento de los homicidios de militantes peronistas durante la dictadura de Pedro Eugenio Aramburu e Isaac Rojas.
Sentencia histórica y responsabilidad estatal
Tras tres jornadas de audiencias en el Auditorio Hugo del Carril, la magistrada dio por probado que los hechos no fueron fusilamientos legales bajo ley marcial, sino homicidios agravados y calificados. Según la sentencia, las doce personas fueron ilegalmente privadas de su libertad antes de que se declarara la ley marcial la madrugada del 10 de junio de 1956.
La jueza Vence halló culpables al entonces presidente de facto, Pedro Eugenio Aramburu, a su vicepresidente, Isaac Rojas, al titular de la SIDE, Juan Quaranta, al jefe de la policía bonaerense, Desiderio Fernández Suárez, y al inspector Rodolfo Rodríguez Moreno. De haber estado vivos, a los responsables les habría correspondido la pena de prisión perpetua. La información, reportada por la periodista Ailín Bullentini en Página|12, destaca que esta es la primera condena judicial contra la dictadura que derrocó a Juan Domingo Perón en 1955.
El escenario de la masacre
Los hechos se desencadenaron la noche del 9 de junio de 1956 en una vivienda de Florida, Vicente López, donde un grupo de civiles esperaba la señal de un levantamiento liderado por el general Juan José Valle. El operativo policial, comandado por Fernández Suárez, derivó en el traslado de los detenidos a un basural en José León Suárez.
Allí fueron ejecutados Nicolás Carranza, Francisco Garibotti, Carlos Alberto Lizaso, Mario Brión y Vicente Rodríguez. Por su parte, siete hombres lograron sobrevivir a la descarga de disparos: Juan Carlos Livraga, Reinaldo Benavidez, Rogelio Díaz, Horacio Di Chiano, Miguel Ángel Giunta, Julio Troxler y Norberto Gavino. El testimonio de Livraga, conocido como «el fusilado que vive», fue fundamental para la reconstrucción histórica iniciada por Rodolfo Walsh en su libro Operación Masacre.
Medidas de reparación y memoria
Al tratarse de un «juicio por la verdad», el proceso no implica penas de prisión efectivas debido al fallecimiento de los imputados, pero dispone un amplio programa de reparación para las víctimas y sus familias. Según informa la agencia EFE a través de diversos medios internacionales, el fallo ordena:
- La rehabilitación del buen nombre y honor de los fusilados y sobrevivientes.
- La publicación de la sentencia en los Boletines Oficiales de la Nación y de la Provincia de Buenos Aires.
- La creación de un sitio de la memoria en el predio de los antiguos basurales de José León Suárez.
- La incorporación de estos hechos en los diseños curriculares educativos nacionales y provinciales para que las nuevas generaciones conozcan lo ocurrido.
El juicio tomó como antecedente directo el fallo de 2022 sobre la Masacre de Napalpí en Chaco, donde también se declararon crímenes de lesa humanidad hechos ocurridos décadas atrás. Para los familiares presentes en la sala, esta sentencia representa un triunfo tras siete décadas de búsqueda de justicia.

