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El fin de la obra pública en energía: privados asumirán la expansión de la red eléctrica

La Secretaría de Energía reglamentó el régimen de concesión de obra pública para ampliar el transporte eléctrico. El riesgo financiero pasa a las empresas, que cobrarán mediante acreencias en el mercado mayorista.

Bajo el argumento de la emergencia del sector declarada a finales de 2023, la Secretaría de Energía de la Nación dio un paso decisivo para deslindar al Estado de la financiación de la infraestructura estratégica. Mediante la Resolución 83/2026, se incorporó al marco regulatorio el sistema de «Ampliaciones por Concesión de Obra Pública».

Este cambio normativo permite que las obras de transporte de energía eléctrica, caracterizadas históricamente como servicios públicos monopólicos bajo control federal, sean ejecutadas, operadas y mantenidas por privados bajo el régimen de la Ley 17.520.

El mercado como garantía

La novedad sustancial radica en la mecánica de pago. La resolución instruye a la Subsecretaría de Energía Eléctrica a diseñar pliegos donde el riesgo y la financiación recaigan en el concesionario. A cambio, se habilita una mecánica para que el inversor cobre mediante acreencias disponibles en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).

Esta medida, firmada por la secretaria María Carmen Tettamanti, representa un giro hacia la «privatización de la expansión». Si bien busca agilizar obras ante la falta de presupuesto estatal, traslada la seguridad del suministro eléctrico a la capacidad de financiamiento de los grupos privados y su futura compensación vía tarifas o recursos del sistema mayorista, cuya sostenibilidad sigue en debate.

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