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Confirman al juez Ramos Padilla en la megacausa de espionaje ilegal

Duro revés que golpea al espía ilegal Marcelo D’Alessio, al fiscal, al Gobierno y a quienes operaban para que el expediente se mudara de Dolores a Comodoro Py.


El juez Alejo Ramos Padilla seguirá al frente de la investigación por operaciones de inteligencia y de espionaje ilegal. Así lo definió hoy la Cámara Federal de Mar del Plata, que le dio un duro revés al espía ilegal Marcelo D’Alessio, al fiscal Carlos Stornelli, al Gobierno y a todos aquellos involucrados en esta trama que, explícita o implícitamente, operaban para que el expedientes se mudara de Dolores a Comodoro Py, donde pudieran digitarlo a piacere. El fallo fue por unanimidad, firmado por los camaristas Eduardo Jiménez, Alejandro Taza y Bernardo Bibel.

La resolución de la Cámara de Mar del Plata establece que Ramos Padilla “continúe provisoriamente” a cargo de la investigación. La clave es que, para los jueces, es prematuro tomar una decisión final sobre la competencia de esta causa hasta que no esté claro su objeto procesal, es decir, qué se investiga. Vale recordar que este escándalo se inició con la denuncia del empresario agropecuario Pedro Etchebest, que sostuvo que fue extorsionado por D’Alessio en nombre de Stornelli para beneficiarlo en la causa de las fotocopias de los Cuadernos.

Sin embargo, el allanamiento que el juez Ramos Padilla realizó en el domicilio de D’Alessio cambió el panorama y, a esta altura ya vale decirlo, la historia. Lo que se inició con una extorsión derivó a que en la causa del espía ilegal se encontraran abundantes materiales de operaciones de inteligencia y de espionaje ilegales, realizadas por una red que incluye a ex comisarios bonaerenses como Ricardo Bogoliuk y Aníbal Degastaldi, espías como Rolando Barreiro, fiscales como Carlos Stornelli y Juan Ignacio Bidone, jueces como Claudio Bonadio, miembros del Gobierno como Elisa Carrió y Patricia Bullrich, periodistas como Daniel Santoro y hasta el vendedor de armas Mario Montoto, entre otros.

Los jueces Jimenez, Tazza y Bibel (que es de Necochea pero intervino para, según allegados a la causa, darle más fuerza a la decisión) establecieron dos cosas. Una, que la investigación quede por ahora en manos de Ramos Padilla. Dos, que esta causa no debe dividirse, que el juez que investigue esta oscura trama debe hacerlo en su conjunto para poder comprender las relaciones, tejes y manejes de la banda integrada por D’Alessio y sus compinches. Un tercer punto es que le indican a Ramos Padilla que defina rápido el objeto y lugar de la investigación y recalcan que esta decisión se puede modificar en el futuro.

Los jueces Jimenez, Bibel y Tazza advierten que su decisión de mantener provisoriamente a Ramos Padilla al frente de esta causa no se basa en las públicas sospechas que hay sobre el interés de que la causa se radique en Comodoro Py para que Stornelli y el Gobierno puedan manipularla. En su lenguaje, escriben: “Resultaría casi temerario convalidar la asignación de competencias territoriales por el simple hecho de presumir desviaciones indebidas de las normas constitucionales y legales por parte de un sector judicial en aras de supuesta protección de otros intereses sectoriales, políticos o corporativos por fuera de la contracción a definir una controversia judicial específica”. El sólo hecho de que tuvieran que aclararlo muestra los niveles de promiscuidad que son vox populi en los pasillos judiciales.

La resolución de la Cámara de Mar del Plata era una de las más esperadas y presionadas del año. Horacio Verbitsky reveló en El Destape Radio al menos uno de los nombres de los que fueron enviados a presionar a los jueces: el consejero de la magistratura Juan Pablo Más Vélez, hombre del radicalismo que reporta a Daniel “Tano” Angelici. De seguro no fue el único.

Los jueces aclararon que esta resolución es la primera en la que resuelven sobre la competencia, es decir, sobre a qué juzgado le corresponde investigar esta causa. En anteriores intervenciones, en las que también confirmaron a Ramos Padilla, se resolvían otro tipo de cuestionamientos, principalmente empujados por Stornelli.

El fallo resalta la investigación de Ramos Padilla y sus derivaciones, y deja entrever que no sería bueno que se dividiera “so riesgo de atomizar el presente proceso penal, lo que haría perder la eficacia a la investigación que aquí se lleva adelante o –cuanto menos– conspiraría contra su buen desarrollo”. En esto son taxativos: “consideramos que deberá ser ‘solo uno’ el juzgado que debe participar en la investigación en su conjunto”.

“En síntesis -escribieron los jueces-, advertimos que no se podría ‘desguazar’ (es éste el término que utiliza el Magistrado de grado) esta investigación, sino que conforme se lo ha expuesto, esta Cámara Federal considera –sin hesitación alguna– que el presente trámite procesal debe ser desarrollado en su totalidad – manteniendo la validez de todo lo hasta aquí actuado-, por aquel Magistrado que se designe como competente en orden a la territorialidad de la jurisdicción, respetando de este modo a cabalidad el principio y garantía de ‘juez natural’, que debe imperar en todo proceso penal”.

Los jueces destacan la dificultad de determinar el lugar donde se cometieron los delitos cuando se trata de una investigación tan compleja, llena de aristas y líneas de trabajo que abarcan múltiples personajes y lugares. A su vez, citan jurisprudencia respecto de que para establecer la competencia de una causa debe ser claro su objeto procesal, es decir, qué es lo que se investiga. “Ahora bien – señalan-, cuando ello no resulta del todo posible, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y esta misma Alzada, han declarado que, en esos casos, la declaración de incompetencia territorial en la sede judicial interviniente ‘(…) resulta prematura, debiendo el titular del Juzgado continuar con los obrados, y realizar la investigación correspondiente a fin de determinar los hechos y, por ende, la competencia territorial para su investigación y, eventualmente, realizar un nuevo examen de la cuestión planteada’”. Más adelante ratifican: “la controversia aquí suscitada resulta prematura para ser tratada en forma definitiva”.

Lo resumen así: “cuando no es posible por alguna de estas causales establecer el exacto lugar de la comisión delictiva principal, corresponde dar paso a la aplicación de la regla subsidiaria que consagra al Juzgado que previno como aquel que deba seguir interviniendo hasta tanto se despejen las incertidumbres que fundan la hipótesis de investigación inicial, y así permitir una correcta definición del objeto procesal que servirá en definitiva, para atribuir la competencia territorial al órgano que finalmente corresponda por ley”. Significa que Ramos Padilla seguirá al frente a la investigación hasta que quede claro el objeto de la misma y allí puede revisarse de nuevo si le corresponde o no seguir al frente. Los jueces citan para sostener su argumento al propio procurador interino Eduardo Casal, jefe de Stornelli, que tuvo desde el inicio de este escándalo una actitud alineada a la Casa Rosada. Los jueces se ocupan de aclarar, otra vez, que no hay que dividir la investigación. Quien juzgue juzgará todo.

“No corresponde, a esta altura de la primigenia investigación, derivar la competencia a otro Tribunal del país hasta tanto no se haya terminado de evaluar todos aquellos elementos de prueba relevantes que definan la hipótesis delictiva que constituirá el centro imputativo fáctico a ser investigado en estas actuaciones”, insisten los camaristas. Le piden a Ramos Padilla que “establezca rápidamente, y con la debida precisión”, donde y como “se habría conformado dicha organización criminal (…) las particularidades de su constitución, así como las de sus integrantes; y todo otro dato o elemento que resulte relevante para poder así deducir, tan siquiera preliminarmente, si la fuente de informaciones que era utilizada en forma indebida era proporcionada desde el seno de la Agencia Federal de Investigaciones (AFI), o de alguno de sus funcionarios o empleados, o ex-agentes de la misma, como así también de todas aquellas otras circunstancias de interés que permitan identificar con suficiente claridad y concreción, el lugar de configuración delictiva en lo que atañe a la empresa criminal”.

Fuente: El Destape

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