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Responsabilidad empresarial en dictadura: confirman condena a directivos de la Ford

La Cámara Federal de Casación Penal ratificó las condenas contra dos gerentes de la multinacional, Pedro Müller y Héctor Francisco Sibilla, quienes colaboraron con los represores. También ratificó la pena para el genocida Santiago Riveros. En la planta de la automotriz se montó un centro clandestino de detención y se torturó a trabajadores.


La Cámara Federal de Casación Penal ratificó las condenas contra dos gerentes de Ford, Pedro Müller y Héctor Francisco Sibilla, quienes colaboraron con los represores que se instalaron en la fábrica de la multinacional en General Pacheco, donde se montó un centro clandestino de detención y se torturó a trabajadores durante el terrorismo de Estado. Se trata de la confirmación de un fallo histórico en materia de lesa humanidad, que expone la complicidad empresaria con la última dictadura cívico- militar. En la misma resolución, la máxima instancia penal del país confirmó la condena por estos hechos del represor Santiago Omar Riveros.

La Sala II de la Casación Penal, integrada por los jueces Alejandro Slokar, Carlos Mahiques y Guillermo Yacobucci, rechazó por unanimidad los recursos interpuestos por las defensas de Riveros y Sibilla. A la vez que Slokar y Mahiques –Yacobucci votó en disidencia-, también desestimaron el recurso del exdirectivo Müller. De esta forma, ratificaron la condena que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de San Martín dictó en diciembre de 2018 cuando condenó a Müller, Sibilla y Riveros a 10, 12 y 15 años de prisión, respectivamente.

El abogado de los trabajadores de Ford, Tomás Ojea Quintana, dialogó con El Destape y afirmó: “En Casación se realizó un análisis meduloso de la sentencia del tribunal oral y no deja lugar a duda acerca de la responsabilidad penal que le cupo a los gerentes de Ford”.

En el juicio quedó demostrado por una multiplicidad de pruebas y testimonios que en el predio de la Ford en Pacheco se montó un centro clandestino de detención (CCD) que funcionó en el quincho del campo de deportes. También que desde la firma automotriz se confeccionó un listado de trabajadores que se entregó a las fuerzas represivas para su detención y tortura. Es decir, “marcaban” a quien se debía secuestrar. En esa línea, directivos de la multinacional facilitaron legajos y fotografías de sus empleados, quienes llegaron a ser apresados en el interior de la fábrica, en horario laboral y frente a directivos. De las 24 víctimas, 17 fueron detenidas en la empresa. Nueve de ellos fueron alojados en el CCD que funcionó en el “quincho”. En una muestra de cinismo, la firma llegó a enviar telegramas por “faltar sin aviso” a los obreros mientras estaban secuestrados.

Müller era jefe de Manufactura y Sibilla jefe de Seguridad de la planta que Ford Motor aún hoy tiene en General Pacheco. Ambos estaban acusados por el secuestro y la aplicación de tormentos de 24 obreros de aquella fábrica ubicada en Panamericana y la avenida Henry Ford (por la demora del proceso, la mitad de las víctimas no llegó a presenciar el fallo paradigmático de hace tres años). Muller, según se reconstruyó en la causa, era una de las autoridades de la firma. Sibila, un militar retirado que nunca perdió sus contactos, controlaba todo aquello que entraba o salía del predio. Fueron los únicos dos civiles de la línea gerencial de la empresa que llegaron a esta etapa del proceso con vida. Otros responsables murieron en la impunidad como Nicolás Courard, ex presidente de la firma, y Guillermo Galarraga, ex gerente de Relaciones Laborales, quien en un principio había sido también apuntado en el proceso. Riveros, por su parte, era el responsable máximo del Comando de Institutos Militares.

La sentencia de hace casi tres años fue emblemática porque para la Justicia quedó acreditado que los grupos empresarios, en este caso la automotriz multinacional, participaron en violaciones de los derechos humanos durante el terrorismo de Estado. Este miércoles, aquella posición se vio ratificada por la máxima instancia penal del país que resolvió las apelaciones de los condenados en una resolución de 191 páginas.

El camarista Slokar afirmó en su voto que “a partir del 24 de marzo de 1976 Ford Argentina actuó mancomunadamente con las fuerzas armadas y de seguridad, con el fin de ejercer el poder represivo contra sus empleados. Para ello fue decisivo el trabajo en conjunto con los directivos, a los fines de individualizar y acallar a sus dirigentes gremiales, proscribir las huelgas y organizaciones sindicales y evitar de ese modo cualquier entorpecimiento que pudiera repercutir negativamente en los niveles de producción”.

El presidente de la sala II remarcó que “la firma y sus altos directivos no sólo conocían y colaboraban con las fuerzas ejecutoras del terrorismo estatal, sino que realizaron un aporte activo, directo y coordinado con el propósito de lograr una política de disciplinamiento que favoreciera los niveles de producción”. También señaló que las víctimas indicaron que desde la empresa “pusieron a disposición un sector donde funcionó el centro clandestino de detención dentro de la propia planta y facilitaron insumos, espacios y camionetas de la misma empresa para el traslado de las víctimas -atadas y encapuchadas- desde sus domicilios hacia sus instalaciones u otros centros de detención, además de suministrar unidades sin patentamiento y documentación pertinente de los vehículos automotores modelo Falcon de la marca, ícono en el accionar represivo clandestino de la última dictadura cívico-militar”.

El camarista también contextualizó el marco en el que sucedieron los hechos: “Entre los propósitos básicos del golpe de estado se procuró dinamitar el proceso de industrialización nacional, para lo que se trató de reprimir y hasta aniquilar a dirigentes para el indispensable disciplinamiento del movimiento obrero, de modo de reestructurar las bases económicas, políticas y sociales de un relativo estado de bienestar en el país, con consecuencias persistentes que se proyectaron en posteriores crisis reeditadas, desde la afirmación de políticas que exaltaron al capital financiero (financierización) bajo el denominador común de endeudamiento y fuga de capitales”.

En esa línea, destacó que durante la dictadura “sectores empresariales no desarrollaron un mero rol subalterno, sino que accionaron articuladamente y en modo orgánico con el poder político de facto”. Y sentenció: “En definitiva, la participación durante la última dictadura de los máximos directivos de la empresa Ford Argentina en la persecución y represión de sus trabajadores y dirigentes gremiales resulta a todas luces un caso relevante de esos lazos funcionales”.

Mahiques, por su parte, compartió la postura de su colega y señaló que “de los fundamentos y motivaciones de la sentencia, como así también del examen crítico de las presunciones y de las restantes pruebas examinadas y valoradas por el a quo, no surge que los jueces se hayan apartado de las reglas de la lógica y de la sana crítica como cartabón interpretativo en la valoración del material probatorio”.

Quien se distanció fue Yacobucci. Este camarista suele fallar en causas de lesa humanidad en sintonía con los intereses de muchos genocidas. En este caso consideró que Muller (no así Riveros ni Sibilla) debía ser absuelto porque “el tribunal realiza un salto argumentativo ilógico, y cuyas premisas omite probar siquiera mínimamente, al afirmar que por ser Müller el responsable de la producción y, en consecuencia, estar al tanto de los problemas que los reclamos gremiales generaban en la fábrica, entonces, fue quien facilitó la lista con los nombres de los operarios al Ejército”. “Esta inferencia quiebra, desde ya, la presunción de inocencia porque interpreta en contra del acusado todo lo vinculado a la actividad gremial por el sólo hecho de pertenecer a una estructura empresarial”, agregó.

Desde la agrupación H.I.J.O S se hicieron eco de esta resolución de la Casación y subieron un tuit en el que afirmaron “Ford también fue la dictadura”.

La pena de prisión se volverá de cumplimiento efectivo para los tres condenados en el momento en que el fallo quede firme.

El rol empresario en la dictadura

El abogado Ojea Quintana indicó a El Destape que “en la sentencia queda muy claro que los que fueron objeto del ataque sistemático fueron los grupos de trabajadores sindicalizados. Ese era un objetivo del terrorismo de Estado, en el que coincidían estos grupos económicos como la Ford. Buscaban la eliminación de toda resistencia sindical para reformatear la matriz productiva definitiva. Eso está dicho en la sentencia”. El interrogante es qué respuesta dará la empresa ante esta sentencia.

“Esto lo esperaban con mucha ansiedad los trabajadores, muchos de los cuales fallecieron, como Pedro Troiani, quien falleció hace menos de dos meses y fue una de las figuras emblemáticas que peleó por esta causa”, agregó Ojea Quintana. Y explicó: “Esta causa penal va a permitir exigirle a la persona jurídica, a la entidad económica, que responda por estos crímenes”.

El abogado de los trabajadores de Ford también señaló por qué el caso es emblemático: “La metodología de la que se valió la dirigencia de Ford para actuar en complicidad con las fuerzas de tareas de los militares se repite en otros casos de complicidad empresarial. En algunas causas con más pruebas que otras pero la metodología es la misma”, señaló. Un ejemplo: la provisión de información de la empresa a los militares para secuestrar trabajadores.

Por esto, para el letrado, “este análisis jurídico de la responsabilidad penal empresarial va a permitir consolidar las investigaciones en otros casos similares”.

Elizabeth Gómez Alcorta además de estar a cargo del ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad fue abogada de los trabajadores de Ford. Consultada por El Destape, consideró que la resolución de la Casación “viene a terminar un largo período de lucha por el reconocimiento de que la dictadura cívico-militar contó con la responsabilidad de un sector importante del empresariado”. En esa línea, añadió que la responsabilidad que apunta “hacia empresarios, gerentes y dueños de empresas son las que más han costado alcanzar un resultado condenatorio” y “no por falta de pruebas” sino “por las enormes resistencias que implica llevar a juicio a sectores que hoy todavía ocupan importantes sectores de poder”.

Ciro Annicchiarico, abogado de la secretaría de DD.HH. que intervino en el juicio, también dialogó con este medio sobre la sentencia de la Casación: “Las empresas a través de sus gerentes colaboraban con la dictadura”. ¿Cómo? Marcando a los “trabajadores que formaban parte de las comisiones internas, que todo lo que hacían era reclamar mejoras salariales y mejores condiciones de trabajo”. “El caso Ford es paradigmático desde el punto de vista que las empresas entregaban listados de trabajadores y a los días esos trabajadores eran secuestrados”, señaló. Y concluyó: “La dictadura fue cívico-militar y este fallo lo confirma definitivamente”.

Fuente: El Destape

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