La proyección del restablecimiento de la conexión marítima entre el continente sudamericano y el archipiélago malvinense encendió las alarmas diplomáticas en la Cancillería argentina. El buque de bandera chilena Danstar planea zarpar desde la ciudad de Punta Arenas con destino a Puerto Argentino para inaugurar una línea de abastecimiento regular.
Este movimiento responde al incremento de la actividad comercial en la zona, traccionado fundamentalmente por las expectativas en torno a la explotación petrolera offshore en el Atlántico Sur. Ante el avance de este emprendimiento, tanto Chile como Uruguay han intensificado sus vínculos y gestiones de intercambio logístico con las islas.
Sin embargo, el recorrido estipulado obliga a la nave a salir del Estrecho de Magallanes para ingresar directamente en aguas bajo jurisdicción argentina. Es en este tramo donde la legislación nacional y los compromisos internacionales abren un dilema institucional de escala regional.
El dilema del «paso inocente» y los tratados vigentes
Desde la perspectiva chilena, la navegación se fundamenta en el principio de «paso inocente» consagrado en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR). Asimismo, la postura trasandina evoca los tratados bilaterales firmados con la Argentina en 1881 y 1984, los cuales ratifican el compromiso de mantener siempre expedita la vía marítima internacional.
No obstante, especialistas en el sector naval alertaron sobre las salvedades que establece la propia CONVEMAR. La normativa internacional estipula que un paso deja de ser inocente si atenta o perjudica la paz, el buen orden o la seguridad del Estado ribereño.
A su vez, rige en la Argentina un decreto normativo promulgado durante la presidencia de Cristina Fernández de Kirchner. Dicha disposición exige obligatoriamente solicitar autorización previa a todo buque que pretenda transitar entre puertos continentales y las Islas Malvinas o cruzar aguas jurisdiccionales con ese destino.
Debate en el Congreso y advertencias parlamentarias
La controversia cobró relevancia pública tras la exposición del perito naval y presidente de la Liga Naval Argentina, Fernando Morales, ante el bloque parlamentario Provincias Unidas en el Congreso de la Nación. Durante el tratamiento de un proyecto de ley enfocado en la soberanía marítima, el especialista advirtió sobre las inconsistencias y vacíos legales del texto legislativo en discusión.
Morales cuestionó la inclusión de cláusulas de fuerza mayor como la inmovilización de máquinas o eventuales hundimientos en tiempos de paz, calificándolas de inaplicables e inseguras en el Atlántico Sur. En su lugar, sugirió afianzar los protocolos de fiscalización, monitoreo de cargas y denuncias formales ante los tribunales correspondientes.
El punto neurálgico del análisis radica en clasificar si el transporte de mercaderías —incluso víveres o insumos de construcción— hacia un proyecto extractivo considerado ilegal por la Argentina vulnera la soberanía. Esta delgada línea entre el abastecimiento civil y el soporte logístico indirecto desafía las definiciones jurídicas del Estado.
Alternativas técnicas y la vía ante el Tribunal del Mar
Frente al inminente zarpe del Danstar, la diplomacia argentina evalúa las alternativas estratégicas para abordar la situación sin generar un conflicto de navegación. Una opción técnica consistiría en que la embarcación modifique su derrota hacia el sur por el Mar de Hoces (Pasaje de Drake), evitando ingresar en las 12 millas del mar territorial argentino, aunque Chile sostiene el uso de su ruta soberana habitual.
En el plano judicial e internacional, trascendió que el Gobierno argentino realiza consultas de rigor ante el Tribunal Internacional del Derecho del Mar (TIDM). Entre ellas, se destaca el asesoramiento con la jurista argentina Frida Armas, actual vicepresidenta del organismo internacional, para evaluar la admisibilidad de una eventual presentación.
El desenlace de esta situación sentará un precedente clave para la política exterior federal argentina y para el esquema de integración del interior patagónico. La resolución del caso determinará los márgenes de acción de los países vecinos frente al control de los recursos y la navegación estratégica en el Atlántico Sur.

