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El Juez Obligado ordenó que Amado Boudou vuelva a la cárcel: Es apelable

Lo definió el magistrado Daniel Obligado al revocar el arresto domiciliario que él mismo había firmado.


Durante la tarde noche del miércoles 30 de diciembre, el juez Daniel Obligado revocó el arresto domiciliario del ex vicepresidente Amado Boudou en la causa Ciccone. El magistrado dispuso que el ex titular de la ANSES tenga que retornar a la cárcel. La decisión, que es apelable, la tomó al filo del cierre del año judicial y cerca de la medianoche.

Más allá de esta situación, el juez Daniel Obligado puede no llevarse adelante de manera inmediata porque Amado Boudou tiene la posibilidad de recurrir la medida a través de un recurso de Casación. Con respecto a esta situación, Boudou podría volver a la cárcel cuando el fallo quede firme y eso solo podría pasar después de la feria judicial de enero.

El arresto domiciliario de Boudou fue dictado en abril pasado cuando el juez Obligado lo dispuso. En las últimas semanas, los fiscales Marcelo Colombo y Guillermina García Padín había pedido que regrese a la cárcel para cumplir su condena.

Cabe mencionar que Boudou ya estuvo detenido tres veces. La primera vez fue el 3 de noviembre de 2017, cuando la Prefectura lo sorprendió en su departamento con una orden del juez Ariel Lijo. Luego volvió a la cárcel en agosto de 2018, tras la condena del Tribunal Oral Federal 4 por el caso Ciccone.

Por otro lado, vale recordar un día después de que la Corte Suprema confirmara todas las condenas en la causa Ciccone, la fiscal de ejecución Guillermina García Padín y el fiscal Marcelo Combo pidieron que Boudou vuelva a la cárcel. La defensa del exfuncionario, a cargo de Alejandro Rúa y Graciana Peñafort, presentó un escrito argumentando que las circunstancias por las cuales el juez Obligado le otorgó la domiciliaria no se modificaron.

En abril, cuando le otorgó el derecho, Obligado tuvo en cuenta la situación familiar y la crisis sanitaria por la pandemia. En aquel momento, había afirmado: “Hasta el momento, entonces, (Boudou) viene cumpliendo con las pautas procesales que se le han impuesto y también registra Conducta 10, Concepto 6 (lo cual surge del reciente Informe Socio Ambiental). En definitiva, en este caso considero que se ha demostrado de qué modo y manera la emergencia sanitaria de pandemia COVID-19, incrementa los riesgos personales del condenado Amado Boudou en relación a su núcleo familiar conviviente, por lo que en este contexto situacional habré de morigerar su encierro, tornando el penitenciario en domiciliario”.

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