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Durante 2022, se llevaron adelante 13 juicios orales por muertes violentas de mujeres cis y trans en la Ciudad de Buenos Aires

De acuerdo al documento “Relevamiento del estado de las investigaciones judiciales por muertes violentas de mujeres cis, mujeres trans y travestis en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2023”, durante el año pasado hubo 11 sentencias condenatorias y 2 absoluciones.

La Unidad Fiscal Especializada de Violencia contra las Mujeres (UFEM), a cargo de la fiscal Mariela Labozzetta, presentó el informe anual sobre el estado actual de las investigaciones por las muertes violentas de mujeres, mujeres trans y travestis en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, correspondiente a hechos cometidos entre 2015 y 2021. De allí se desprende que durante 2022 se realizaron 13 juicios orales por muertes violentas de mujeres cis y trans: 11 culminaron con sentencias condenatorias y 2 con absoluciones. De ese universo de casos, 10 causas correspondieron a femicidios, transfemicidios/travesticidios y 3 a homicidios dolosos de mujeres (no femicidios).

El documento elaborado por UFEM por cuarto año consecutivo presenta los resultados actualizados y desagregados del recorrido de las investigaciones judiciales, con el propósito de ampliar el conocimiento sobre las respuestas que brinda el sistema judicial penal en hechos de violencia letal.

Allí se indica que entre 2015 y 2021, 155 mujeres cis, mujeres trans y travestis fueron víctimas de homicidios dolosos en la Ciudad de Buenos Aires, que se investigan en 150 causas judiciales. El 63% de los casos fueron clasificados a través del sistema de indicadores de la UFEM como femicidios, transfemicidios o travesticidios.

Para febrero de 2023, habían finalizado con sentencia 81 de las 150 causas por homicidios del período 2015-2021, lo que representa un 54% de la causas. En 72 casos hubo condenas y los otros 9 resultaron en absoluciones. Otras 29 causas continúan en investigación o a la espera de juicio, mientras que las restantes 40 investigaciones (27%) fueron reservadas o archivadas por no haberse identificado al autor del hecho o por su sobreseimiento, por motivo de salud mental o fallecimiento.

En el 86% de todos los casos en ese período se identificó al menos a un autor/a. Dentro del informe, se indica que 87 personas acusadas fueron llevadas a juicio. El 89% fueron condenadas y el 11% absueltas. En promedio, transcurren 25 meses entre los hechos y la sentencia en primera instancia.

El 81% de las sentencias (66) fueron recurridas a la Cámara Nacional de Casación Penal. Por ello, el 70% de los fallos aún no se encuentran firmes. Por otra parte, 37 recursos de revisión ya fueron resueltos por la Cámara Nacional de Casación Penal, con una duración del trámite de 30 meses, en promedio, desde su presentación. Durante 2022, la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió 4 recursos de queja: el tiempo de resolución de estos trámites fue, en promedio, de 24 meses.

En 59 de las 72 sentencias condenatorias se incluyó algún tipo de agravante en su calificación jurídica. La mayor parte de las agravantes (39%) son por vínculo preexistente (artículo 80, inciso 1 del Código Penal) y en el 30% de los casos por haber sido contra una mujer mediando violencia de género (artículo 80, inciso 11). Las otras agravantes utilizadas fueron criminis causa (para ocultar otro delito de acuerdo a lo indicado en el artículo 80, inciso 7); alevosía (artículo 80, inciso 2); robo (de acuerdo al artículo 165 del Código Penal) y por medio idóneo-peligro común (artículo 80, inciso 5). En el 66% de las sentencias condenatorias se estableció prisión perpetua como monto de pena y en el 54% de las sentencias en casos que fueron clasificados por indicadores de UFEM como femicidios se incluyeron agravantes específicos de género.

Por otra parte, sobre las 94 causas clasificadas por la Unidad como femicidios, transfemicidios o travesticidios ocurridos entre 2015 y 2021, se contabilizan 56 sentencias (50 condenatorias y 6 absolutorias). Ello significa que el 60% de las causas clasificadas de esa manera alcanzaron sentencia (firme o recurrida), mientras que en los homicidios dolosos sin componentes de género se obtuvo sentencia para el 45% de los casos.

La producción de información sobre violencia contra personas con identidades femeninas es una obligación que el Estado argentino ha asumido frente a la comunidad internacional de acuerdo a lo previsto en el artículo 8, inciso H, de la Convención de Belém do Pará y en la Declaración sobre el Femicidio de 2008 del Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer.

En esa línea, el principal propósito de la UFEM es dar continuidad al estudio sistemático y periódico sobre las respuestas del sistema de justicia en los casos de violencia letal contra mujeres cis, mujeres trans y travestis en general y, particularmente, de los movimientos relevantes que se produjeron en las causas durante el último año.

Fuente: Fiscales

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